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Valoraciones libres.
Son las realizadas a voluntad del peticionario
sin que tengan efectos jurídicos o legales. Son variadas
respondiendo a diversos fines, siendo utilizadas en arbitrajes
amistosos sin tener que recurrir a los Tribunales.
Estas valoraciones no están sometidas a ninguna normativa,
por lo tanto no deben cumplir ningún requisito formal,
salvo los que solicite el peticionario. No es necesario comprobar
la situación jurídica, fiscal, legal etc. de
la información facilitada, no siendo ello óbice
para que se realicen con todo rigor y justificación
de la documentación necesaria.
Entre las más frecuentes pueden utilizarse las siguientes:
A. Dictámenes sobre
el valor de Bienes Inmuebles, pedidos por sus propietarios
antes de iniciar cualquier negociación mercantil, (
venta, crédito hipotecario, aportación a sociedades
etc. )
B. Presupuestos previos
de Valor de Bienes Inmuebles con distintos fines: estudios
de rehabilitación, demolición etc.
C. Valoraciones no legales
para repartos amistosos con diferentes fines. ( Separaciones
matrimoniales, división de herencias, división
de copropiedades, disolución o reparto de negocios
familiares, partición o permuta de fincas )
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