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Valoraciones libres.

Son las realizadas a voluntad del peticionario sin que tengan efectos jurídicos o legales. Son variadas respondiendo a diversos fines, siendo utilizadas en arbitrajes amistosos sin tener que recurrir a los Tribunales.

Estas valoraciones no están sometidas a ninguna normativa, por lo tanto no deben cumplir ningún requisito formal, salvo los que solicite el peticionario. No es necesario comprobar la situación jurídica, fiscal, legal etc. de la información facilitada, no siendo ello óbice para que se realicen con todo rigor y justificación de la documentación necesaria.

Entre las más frecuentes pueden utilizarse las siguientes:

A. Dictámenes sobre el valor de Bienes Inmuebles, pedidos por sus propietarios antes de iniciar cualquier negociación mercantil, ( venta, crédito hipotecario, aportación a sociedades etc. )

B. Presupuestos previos de Valor de Bienes Inmuebles con distintos fines: estudios de rehabilitación, demolición etc.

C. Valoraciones no legales para repartos amistosos con diferentes fines. ( Separaciones matrimoniales, división de herencias, división de copropiedades, disolución o reparto de negocios familiares, partición o permuta de fincas )

 
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